NIIF 3 Combinaciones de Negocios

La NIIF 3 Combinaciones de negocios brinda orientación sobre cómo los adquirentes deben valorar los activos identificables netos, la participación no controladora y la plusvalía en una combinación de negocios. La NIIF 3 no se aplica a los acuerdos conjuntos, la adquisición de un grupo de activos que no son un ‘negocio’, una combinación de entidades o negocios bajo control común, o una adquisición de una entidad de inversión como se define en la NIIF 10.

Definición de negocio

La norma define negocio como ‘un conjunto integrado de actividades y activos que es capaz de ser realizado y administrado con el fin de proporcionar bienes o servicios a los clientes, generar ingresos de inversiones (como dividendos o intereses) o generar otros ingresos de actividades ordinarias. ‘ El estándar contiene una guía detallada sobre cuándo un conjunto adquirido de actividades y activos puede considerarse un negocio.

La NIIF 3 permite una prueba de concentración opcional que requiere que las entidades no consideren un conjunto de actividades/activos como un negocio si el valor razonable de los activos brutos (excepto el efectivo, la plusvalía y los activos por impuestos diferidos) se refiere a un solo activo o a un grupo de activos .

Para que un conjunto integrado de actividades y activos se considere un negocio, debe (como mínimo) tener insumos y un proceso sustantivo. El estándar contiene una guía detallada sobre cuándo un proceso es sustantivo.

El método de adquisición

La NIIF 3 requiere que las empresas apliquen los métodos de adquisición a todas sus combinaciones de negocios. El método de adquisición implica:

  • Identificación de la adquirente: Esto se hace con referencia primero a los criterios proporcionados en la NIIF 10 y luego en la guía adicional proporcionada en la NIIF 3.
  • Determinación de la fecha de adquisición: esta suele ser la fecha de cierre del trato cuando se transfiere la contraprestación.
  • Identificar y medir los activos identificables transferidos, los pasivos asumidos y las participaciones no controladoras; y
  • Reconocimiento y medición de la plusvalía o ganancia de la compra a precio de ganga.

Reconocimiento y medición de activos, pasivos y NCI identificables

Una adquirente reconoce los elementos intercambiados en una combinación de negocios si cumplen con la definición de reconocimiento relevante en el Marco y se transfieren en la combinación de negocios y no a través de transacciones separadas.

En los datos de adquisición, el adquirente clasifica o designa activos y pasivos de acuerdo con diferentes NIIF para la contabilidad posterior a la fecha de adquisición teniendo en cuenta los términos contractuales, las condiciones económicas, etc. Por ejemplo, un adquirente elige si un activo financiero se clasifica a costo amortizado o al valor razonable con cambios en resultados, etc. Sin embargo, los arrendamientos en los que la adquirida es un arrendador se clasifican como arrendamientos financieros u operativos con base en sus designaciones de fecha de inicio.

En la fecha de adquisición, la adquirente mide los activos y pasivos a sus valores razonables en la fecha de adquisición.

Sin embargo, la norma permite las siguientes excepciones a los principios generales de reconocimiento y medición:

  • Los pasivos contingentes deben reconocerse incluso si la adquirente considera que no es probable una salida de recursos que incorporen beneficios económicos.
  • Los activos y pasivos por impuestos diferidos y los beneficios a los empleados se reconocen de acuerdo con las NIIF pertinentes, es decir, la NIC 12 y la NIC 19.
  • Cualquier activo de indemnización (un activo que surja del compromiso de la adquirida de compensar cualquier resultado contingente adverso) debe reconocerse sobre la misma base que el activo o pasivo indemnizado asociado.
  • No se requiere que la adquirente reconozca los arrendamientos a corto plazo y los arrendamientos de elementos de bajo valor. Cualquier pasivo por arrendamiento debe reconocerse en la fecha de adquisición al valor presente de los pagos por arrendamiento restantes. Los activos por derecho de uso se reconocen ajustando el pasivo por arrendamiento por la diferencia entre las condiciones de mercado y las condiciones de los arrendamientos en cuestión.

Hay algunas excepciones adicionales al principio general de medición relacionadas con activos readquiridos, transacciones con pagos basados ​​en acciones, activos mantenidos para la venta y contratos de seguro.

Reconocimiento y medición de la plusvalía y la ganancia de una compra a precio de ganga

Un adquirente mide la plusvalía que surge en la adquisición con base en la siguiente ecuación:

Fondo de comercio = C + NCI + P – NIA

Donde C es la contraprestación transferida por la adquirente medida a valor razonable, NCI es el monto de la participación no controladora, P es el valor razonable en la fecha de adquisición de la participación de la adquirente (relevante solo en el caso de adquisiciones escalonadas), y NIA es el valor razonable de los activos netos identificables.

Si hay un intercambio de participaciones en el patrimonio entre la adquirente y la adquirida, la contraprestación se valora con base en la participación en el patrimonio de la adquirida.

Ganga

Si NIA excede la suma de C, NCI y P anterior, la transacción se denomina compra en oferta. Un adquirente debe reevaluar su proceso de reconocimiento para asegurarse de haber identificado correctamente todos los artículos. Si NIA aún excede la suma de C, NCI y P, la adquirente reconoce la diferencia en utilidad o pérdida.

Medición de la contraprestación transferida

La contraprestación transferida se medirá al valor razonable en la fecha de adquisición. Incluye cualquier activo transferido, cualquier pasivo asumido, cualquier contraprestación contingente, etc. Si la contraprestación se transfiere a los propietarios anteriores de la adquirida, la adquirente reconoce cualquier ganancia o pérdida que surja de la nueva medición en la fecha de adquisición, pero si la contraprestación se transfiere a la adquirida, no se reconocen tales ganancias o pérdidas.

En el caso de una combinación de negocios realizada por etapas (también llamada adquisición escalonada), la adquirente vuelve a medir la participación en el patrimonio que tenía previamente y reconoce cualquier ganancia o pérdida en resultados u otro resultado integral. La NIIF 3 también se aplica a las combinaciones de negocios en las que no tiene lugar una transferencia de contraprestación, por ejemplo, cuando la entidad adquirida recompra sus propias acciones para el control de la entidad adquirente. Si se produce una combinación de negocios por contrato, la adquirente atribuirá los activos netos de la adquirida a los propietarios de la adquirida.

Período de medición

Una adquirente incluirá importes provisionales al reconocer una combinación de negocios si la contabilización no está completa al final del periodo sobre el que se informa en el que se produce la fecha de adquisición. Posteriormente, ajustará estos importes cuando disponga de nueva información. Dicho ajuste afectará al fondo de comercio y también a cualquier información comparativa. En cualquier caso, el período de medición (la fecha entre la fecha de contabilización completa de la combinación de negocios y la fecha de adquisición) no excederá de un año.

Una adquirente contabilizará las transacciones que surjan de su relación anterior con la adquirida y que no formen parte de la contraprestación de la adquisición por separado de conformidad con las normas aplicables. Un adquirente contabilizará como gasto cualquier costo relacionado con la adquisición en el período en el que se esté finalizando la adquisición. Sin embargo, los costos relacionados con los instrumentos financieros emitidos como parte de la adquisición se contabilizan de acuerdo con la NIC 32 y la NIIF 9.

Contabilización posterior de activos/pasivos asumidos en una combinación de negocios

Posterior a la finalización de una combinación de negocios, cualquier activo y pasivo asumido como parte de la combinación se contabilizará conforme a las NIIF correspondientes, excepto por lo siguiente, que se contabilizará conforme a la NIIF 3:

  • Derechos readquiridos: Se amortizan a lo largo de la vida remanente,
  • Pasivos contingentes: Se miden al mayor entre el valor NIC 37 o el valor de reconocimiento en la adquisición menos los ajustes,
  • Bienes indemnizados: Medidos sobre la misma base que los bienes indemnizados, y
  • Contraprestación contingente: La contraprestación contingente clasificada como patrimonio se volverá a medir con cualquier ajuste reflejado en el patrimonio y otra contraprestación contingente se reflejará de acuerdo con la NIIF 9 o, si no está dentro del alcance de la NIIF 9, en la utilidad o pérdida.

La norma requiere amplios requisitos de divulgación con respecto a las combinaciones de negocios que se concluyen ya sea durante el período de informe actual o después de la fecha del balance pero antes de la autorización para la emisión de estados financieros.

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