Una transacción de venta con arrendamiento posterior es ejecutada por una Parte A que vende un activo a la Parte B y la Parte B arrienda simultáneamente el mismo activo a la Parte A. Se utiliza como una forma de financiación en la que el vendedor/arrendatario obtiene fondos inmediatos mientras que el comprador /arrendador obtiene una garantía.
De acuerdo con la NIIF 16, la contabilización de transacciones de venta con arrendamiento posterior depende de si la transacción se considera una venta de acuerdo con las normas de reconocimiento de ingresos aplicables, como la NIIF 15.
Si la transacción califica como una venta , el vendedor/arrendatario reconoce el derecho de uso del activo por un monto que corresponde al valor en libros proporcional del activo arrendado. Por lo tanto, una ganancia o pérdida se reconoce solo en la medida del valor en libros realmente transferido al comprador/arrendador. El arrendador aplicará los requisitos de la contabilidad del arrendador al arrendamiento posterior.
Si el valor razonable de la contraprestación recibida excede el valor razonable del activo vendido, el exceso se considerará financiamiento adicional proporcionado por el arrendador al arrendatario. De manera similar, si la contraprestación no alcanza el valor razonable del activo, la diferencia se trata como un pago anticipado de pagos de arrendamiento. Esta determinación se basa ya sea en (a) la diferencia entre los dos valores razonables o (b) la diferencia en los valores presentes de los pagos de arrendamiento acordados y el pago de arrendamiento a la tasa de mercado, cualquiera que esté más fácilmente disponible.
Si la transacción no califica como una venta , el vendedor/arrendatario continuará manteniendo el activo arrendado en su estado de situación financiera y reconocerá un pasivo financiero por la contraprestación recibida. De manera similar, el comprador/arrendador reconoce un activo financiero con respecto a la contraprestación transferida en lugar de una cuenta por cobrar de arrendamiento.
Ejemplo: contabilidad y asientos de diario
Zharghun Utilities (ZU) tiene múltiples instalaciones de generación de energía. Debido a la crisis del covid-19, enfrentó una grave crisis de liquidez. Su alta dirección ha decidido vender y arrendar dos de sus propiedades cuyos detalles son los siguientes:
- Artículo A: Una unidad de energía móvil de 40 MW a gas para Jowzjan Power por $ 200 millones. El valor razonable de la unidad es de $160 millones y el valor en libros de la planta antes de la venta era de $130 millones.
- Ítem B: Una instalación de energía eólica de 50 MW por $120 millones.
Suponga que el Artículo A cumple con los requisitos de la NIIF 15 para el reconocimiento como una venta mientras que el Artículo B no lo hace.
Dado que no se ha producido ninguna venta, el Artículo B debe reconocerse como un pasivo financiero de la siguiente manera en los libros de Zhargun Power:
Banco | $ 120 millones | |
Préstamo | $ 120 millones |
En el caso de la partida A, el vendedor/arrendatario reconocerá el activo por derecho de uso al valor en libros anterior. . Sin embargo, cualquier exceso del valor razonable de la contraprestación recibida sobre el valor razonable del activo transferido, que ascienda a $40 millones (=$200 millones – $160 millones) debe contabilizarse como financiamiento adicional. Por lo tanto, el pasivo por arrendamiento está restringido al valor razonable del activo arrendado.
En el momento de la venta, se debe hacer el siguiente asiento de diario:
Banco | $ 200 millones | |
Activo por derecho de uso | $ 130 millones | |
Central Eléctrica – EPI | $ 130 millones | |
responsabilidad de arrendamiento | $ 160 millones | |
Responsabilidad financiera | $ 40 millones |
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