Prima predeterminada

La prima de incumplimiento es el componente de la tasa de interés que se atribuye al riesgo de que el prestatario no pague el principal. Puede estimarse en función de la diferencia entre el rendimiento requerido (nominal) de la deuda de una empresa y el rendimiento nominal de una deuda libre de riesgo, como un bono del Tesoro de EE. UU. de vencimiento comparable.

La diferencia entre el rendimiento requerido del bono de una empresa y la tasa libre de riesgo real es atribuible al efecto combinado del riesgo de inflación, riesgo de incumplimiento, riesgo de liquidez y riesgo de vencimiento del bono en relación con una inversión libre de riesgo, como una inversión en EE. UU. Seguridades del Tesoro. Podemos aislar la parte de la tasa de interés que es atribuible al riesgo de incumplimiento comparando inversiones que son idénticas excepto por la diferencia en el riesgo de incumplimiento.

Digamos que comparamos un bono corporativo a 10 años con un bono del Tesoro a 10 años, hemos neutralizado el riesgo de inflación y el riesgo de vencimiento y la diferencia será atribuible al riesgo de incumplimiento y al riesgo de liquidez. Si los bonos corporativos tienen un mercado líquido, el riesgo de liquidez será cero y toda la diferencia será atribuible al riesgo de incumplimiento. Si existe una cierta prima de liquidez, se puede restar de la diferencia para llegar a una prima de riesgo de incumplimiento.

Fórmula

La prima de riesgo de incumplimiento se puede determinar utilizando la siguiente fórmula:

Prima de riesgo de incumplimiento = Rendimiento CB – Rendimiento TB – LRP

Donde Yield CB es el rendimiento de los bonos corporativos y Yield TB es el rendimiento de los bonos del Tesoro de vencimiento comparable y LRP es la prima de riesgo de liquidez, si la hubiere.

Ejemplo

El rendimiento de los bonos del Tesoro de EE. UU. a 10 años es del 4,2 % y el rendimiento de los bonos corporativos con calificación AA con vencimiento a 10 años es del 6 %. El riesgo de liquidez se estima en 0,5%.

Prima de riesgo de incumplimiento = 6 % − 4,2 % − 0,5 % = 1,3 %

Temas relacionados

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