Consideración de compra

En la consolidación, la consideración de compra es el efectivo o las acciones u otros activos transferidos por la adquirente a la adquirida oa sus accionistas a cambio de los activos de la adquirida o sus acciones.

Cuando una empresa adquiere a otra, debe pagar una contraprestación que puede ser en forma de efectivo que paga a la adquirida o de sus propias acciones ordinarias. En una fusión estatutaria, una combinación de negocios en la que la adquirida se disuelve y sus activos se combinan con la empresa que continúa, la contraprestación de la compra se paga a la adquirida, que la distribuye a sus accionistas durante la disolución. En el caso de una consolidación legal, una combinación de negocios en la que la adquirida continúa siendo una entidad legal, la contraprestación de la compra se paga a los accionistas de la adquirida.

La contraprestación está predeterminada en términos de su valor o de su contingencia. La contraprestación contingente es la parte de la contraprestación de compra cuyo pago y/o magnitud depende de algún parámetro futuro.

La contraprestación de la compra es un número importante para averiguar si surge algún fondo de comercio durante una combinación de negocios a través del proceso de asignación del precio de compra. Si el valor razonable de la contraprestación de compra es mayor que el valor razonable de los activos netos de la adquirida, la diferencia es atribuible a la plusvalía. Alternativamente, si el valor razonable de la contraprestación de compra es inferior a la suma de los valores razonables de los activos netos individuales de la adquirida, se trata de una compra a precio de ganga que genera una ganancia para la adquirente en el año de la adquisición.

Ejemplo

La Compañía A adquiere la Compañía B por $50 millones en efectivo y una acción ordinaria de la Compañía A emitida por cada acción ordinaria de la Compañía B. El número total de acciones ordinarias en circulación de la Compañía B es de 10 millones. Además, el acuerdo de adquisición requiere que la Compañía B pague $1 millón por cada $2 millones de ingresos netos generados por encima del objetivo de ganancias para la Compañía B durante los próximos 3 años. El valor presente de dicho pago esperado es de $15 millones. Averigüe el valor de la consideración de compra si el precio actual de las acciones de la Compañía A es de $45 y el precio actual de las acciones de la Compañía B es de $25.

La contraprestación de compra en este escenario tiene dos componentes: el componente fijo que se transfiere justo en la fecha de adquisición y un componente contingente que se paga en el futuro.

La contraprestación fija se valora al valor razonable de la contraprestación transferida. Asciende a $ 95 millones (es decir, $ 50 millones en efectivo más el valor razonable de las acciones emitidas de la Compañía A de $ 45 millones (= $ 45 × 1 millón).

La contraprestación contingente se valora al valor presente de la salida esperada en el futuro. En este caso particular, debe reconocerse como un pasivo porque el valor no se determina en función del número de acciones ordinarias de la Compañía A. Asciende a $15 millones.

Por lo tanto, la contraprestación total de la compra es de $110 millones (es decir, el componente fijo de $95 millones más la contraprestación contingente de $15 millones).

Temas relacionados

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